PRESIÓN LABORAL TENDENCIOSA

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MOBBING LABORAL - ACOSO LABORAL

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Primera Parte. TEORÍA GENERAL DEL MOBBING O PRESIÓN LABORAL TENDENCIOSA

7.- SUJETOS

 7.2.- Edad

 

 

 
 

La edad ha sido, junto el sexo, la principal fijación de los psicólogos que analizan estadísticas sobre mobbing, sin embargo los resultados para nada han sido unánimes.

 Heinz Leymann llegó a la conclusión de que las diferencias que se obtenían no eran dignas de tener en cuenta, pero rara vez las víctimas eran menores de 40 años(139).

En una línea similar puede citarse también el dictamen del Comité Económico y Social francés, adoptado el 21-4-01, quien considera que la mayoría de las víctimas son mujeres de más de 40 años.

Para Piñuel y Zabala (140), el perfil de la víctima del mobbing se halla en los menores de 30 años, en los otrora denominados JASP (jóvenes aunque suficientemente preparados), conectado con los denominados contratos de trabajo precarios.

Personalmente y a este respecto, discrepo abiertamente de este último resultado, pues si hay un axioma que se repite en todas la estadísticas que se llevan a cabo a nivel internacional, este es que <el mobbing es directamente proporcional a la estabilidad en el empleo>; de ahí que el mayor índice de mobbing se manifieste sistemáticamente en donde se tiene la mayor estabilidad en el empleo: la Administración.

Junto a ello, concurre otro argumento, y este es que el mobbing, en cuanto reiteración de comportamientos, en cuanto plan sistemático de erosión psicológica, precisa de un tiempo suficiente; pues bien, los contratos de trabajo precarios se caracterizan por una falta de compromiso temporal, con lo que ni existe tiempo para materializar un mobbing, ni tiene sentido alguno realizarlo cuando lo más fácil es esperar a la inmediata finalización del contrato, y no proceder a su renovación.

A mi modo de ver, aquí se ha podido confundir “presión laboral” con “presión laboral tendenciosa”.

Ampliando la idea anterior, tanto cuando se pregunta si el mobbing afecta más a los jóvenes o a los mayores, como cuando la pregunta es si afecta más a las mujeres o a los hombres, mi respuesta siempre ha sido la misma: el mobbing es directamente proporcional a la estabilidad en el empleo.

La causa de afirmar que éste es el verdadero parámetro que debemos tener en cuenta, deriva no sólo de las entrevistas personales o de las estadísticas no coincidentes realizadas sobre edad y género; deriva también de una reflexión, y esta es que el mobbing es tendencioso (busca un resultado en el tiempo), con lo que el caldo de cultivo no es la edad o el género, es la estabilidad en el empleo.

La presión laboral tendenciosa se prodiga más, en la Administración -régimen de funcionarios- (141), donde la estabilidad del puesto de trabajo está muy protegida, que en la empresa privada, donde al final el problema se puede resolver desde el punto de vista de la empresa, con una cantidad económica.

Así es fácil encontrarse en la Administración (142) con supuestos de varios años de duración, mientras que en la empresa privada la situación rara vez permanece durante más de un año de trabajo efectivo (143); la razón es obvia, la necesaria adaptabilidad de la empresa privada a las nuevas situaciones del mercado, no le permite mantener enquistado un problema con un trabajador considerado ya improductivo (144).

A mi modo de ver ésta es la verdadera razón de que el mobbing se prodigue más en la Administración que en la empresa privada (145).

 


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Gimeno Lahoz, Ramón.

Magistrado Juez Titular del Juzgado de lo Social. Doctor en Derecho por la Universidad de Girona. Autor de la primera Tesis doctoral sobre mobbing.

 

Libro: La Presión Laboral Tendenciosa
LIBROS - LA PRESION LABORAL TENDENCIOSA: EL MOBBING DESDE LA OPTICA DE UN JUEZ
458 páginas

Autor:

Gimeno Lahoz, Ramón

EDITORIAL LEX NOVA, S.A

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