| PRESIÓN LABORAL TENDENCIOSA | |
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MOBBING LABORAL - ACOSO LABORAL |
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Segunda Parte. - EL MOBBING O PRESIÓN LABORAL TENDENCIOSA, EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL 3.- LAS ACCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
3.1.- Declaración de contingencia de accidente de trabajo
Tal y como se ha dicho ya, el mobbing empezó a perfilarse como un problema laboral autónomo, al constatarse médicamente las consecuencias que tenía en muchos afectados; fue la medicina, y en particular el grupo de trabajo que encabezó el psiquiatra Leymann, quien al tratar a una serie de enfermos por patología psíquica, detectó una gran uniformidad en la génesis y en las consecuencias de esos pacientes trabajadores.
La medicina había dado el primer paso en detectar un conflicto laboral, pero la asimilación de este conflicto por el ordenamiento jurídico laboral, iba a precisar -y está precisando- de un mayor tiempo.
Sirva este preámbulo para entender, por qué las primeras manifestaciones de la presión laboral tendenciosa en los Tribunales de Justicia, fueron en la línea de plantearse si esas consecuencias psíquicas padecidas por el trabajador, no debían reputarse como fruto del trabajo, y por ende como contingencia de accidente de trabajo (233), en lugar de una simple enfermedad común.
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Gimeno Lahoz, Ramón. |
Libro: La Presión Laboral Tendenciosa Autor: Gimeno Lahoz, Ramón |
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